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PRESUP.2009
 



APROBACIÓN DEL BORRADOR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA CORPORACIÓN PARA EL EJERCICIO 2009


El año pasado este grupo municipal hizo referencia a la evolución de los últimos 5 años de cada partida orgánica y funcional para trasladar nuestra preocupación por el posible exceso en partidas no necesarias, el exceso de inversión que generaría exceso de mantenimiento en los años posteriores y el exceso de endeudamiento, entre otros aspectos.

También, en el momento de ser aprobadas las ordenanzas municipales advertimos que dichas ordenanzas no contemplaban la realidad económica a nivel local y que suponían un excesivo impacto en los bolsillos de los ciudadanos. Dijimos que sería preciso hacer unos presupuestos muy equilibrados, sin aumentar las deudas del Ayuntamiento y teniendo en cuenta la falta o reducción de los ingresos.

Tras analizar los presupuestos la conclusión inicial es que son unas cuentas que aumentan el endeudamiento, no están ajustadas a la realidad que en el año 2009 se va a vivir en nuestro municipio y presentan defectos y como siempre falta de información manifiesta.

En la memoria adjunta a los presupuestos se habla de un contexto con modificaciones significativas y que dichas modificaciones se han tenido en cuenta al elaborar el presupuesto de ingresos; luego veremos que no es cierto ya que las previsiones son sorprendentes.

También se añade la previsión del IPC que será de un 5% y se comenta que el sistema de financiación está pendiente de cambiar o modificarse.

Nos parece realmente pobre el análisis de las previsiones y de cómo dichas previsiones se trasladan en el presupuesto presentado.



1.- ANÁLISIS DE LOS GASTOS CORRIENTES

Analizando las partidas y comparándolas con las cifras del año 2008, destacamos unas cuantas, como la partida de Gastos de Personal.

Dicha partida que asciende a 11.585.000 euros ha aumentado un 13,6% y aunque la memoria lo justifica por el aumento de un 3,8% del Convenio (suponiendo una cifra de 387.000 euros), el resto del aumento que asciende a casi 1 millón de euros para recoger las dotaciones de servicios de formación y programas cofinanciados con el departamento de promoción económica.

Analizadas las partidas de personal aparece la cifra de 13.000 euros en gastos de formación y no hay ninguna otra referencia a esa formación o programas de promoción económica. Sólo cabe añadir que si bien en el año 2008 figuraba una partida de “gastos sociales de funcionarios y personal no laboral-transporte de personal” que ascendía a 543.000 euros, en el año 2009, la cifra es de 30.000 euros.

Entendemos que esta partida no es clara, no especifica y no se ajusta a las cifras expresadas o contenido de la memoria.

Si analizamos otras partidas de los gastos en BIENES CORRIENTES, hay que destacar como el material de oficina pasa de 136.000 euros a 144.000 euros, o como la partida de Información y Difusión (publicaciones) pasa de de 288.210 euros a 291.290 euros (por cierto, a esta función, le añadimos el personal y demás gastos, el área de Prensa, va a gastar este año 400.000 euros; o como la partida de Fiestas pasa de 432.349 euros a 464.275 euros.

¿estos aumentos están justificados? ¿Nos lo podemos permitir? ¿necesitamos tanta publicidad, o gastos en comunicaciones? Estas y otras partidas reflejan el escaso juicio de análisis y de prevención o cautela ante los posibles ingresos del año 2009.

En materia de gastos Financieros, este año está previsto pagar 439.000 euros, que unido a la devolución de los préstamos supone un pago de 2.000.000 euros. Los préstamos actuales ascienden a 9.684.230 euros y también está previsto que aumentemos el endeudamiento con otros 3,9 millones más de euros. ¿hasta dónde va ir asciendo el endeudamiento? ¿No pueden reducirse ciertos gastos superfluos o equilibrar de otra manera las partidas para no tener que entrar en esta escalada de deudas?

Analizando la clasificación orgánica, aumentan considerablemente las partidas destinadas a órganos de Gobierno en un 32,8% o el área de promoción económica en un 149%, aunque por una lado la partida de de promoción de la ocupación pasa de 277.000 euros en el 2008 a 297.000 en el año 2009 y aparecen unas partidas como Fomento de la ocupación, con un gasto en Estudios técnicos de 103.904 euros, o desarrollo local de 183.000 euros. Partidas sobre las que no se ofrece información, sin aclarar y que no tienen, según lo que figura en los presupuestos, un destino claro.

Se reducen también las partidas Servicios a la Persona en un 61%, Participación Ciudadana en un 36% o Juventud en un 23%. Y llama la atención porque si de estos o cualquier presupuestos se puede sacar alguna lectura, los presupuestos de SJD cambian anualmente en función del interés. Una año de aumenta Sanidad, otro año baja gen Gran, otro año aumenta educación y otro año baja medio ambiente; sin criterio claro ni finalidades conocidas.

Creemos que el reparto está hecho en función de la ocasión, sin criterios claros y con falta de rigor.

No podemos, antes de comentar la partida de ingresos, hacer referencia a la tan famosa partida de Estudios y Trabajos Técnicos. En caca programa aparece este cajón de sastre que luego no se justifica y que nuestro modo de ver no es más que una partida que puede usarse o no en cada programa en función de cómo vayan las cosas. A los largo de los años hemos pedido explicaciones sobre estas partidas y en ningún momento, cuando se cierran las cuentas se nos presenta una justificación de cada partida o “estudio Técnico realizado”





2.- ANÁLISIS DE INGRESOS

Al margen del posible despilfarro y falta de coherencia en las partidas de gastos, tal como hemos visto, este año nos preocupan los ingresos, tal como ya dijimos en la aprobación de las ordenanzas.

Nos sorprenden los criterios, evidentemente no explicados de cómo se han elaborado las previsiones de algunos de los ingresos.

En materia de Impuestos los ciudadanos de SJD pagarán, según las previsiones hechas por el Gobierno, entre Directos, Indirectos y Tasas la cantidad de 23.124.000 euros (o lo que es lo mismo 4.000.000 millones de las antiguas pesetas), equivalente al 50% de los ingresos municipales. Y para hacer las previsiones el Gobierno plantea: Respecto al IBI, se cierra el año 2008 con unos 7,6 millones y se prevé un ingreso de 8 millones. Si ya nos justificó en su momento el Gobiernos Municipal en las ordenanzas que el IBI a efectos reales disminuía, todo hace suponer que se generará por la nueva construcción de viviendas. ¿se ha previsto un aumento en dicho sentido? ¿con qué criterio?

Respecto al Impuesto sobre Vehículos, se pasa de 2.050.000 a 2.100.000 ¿Se van a matricular más coches o no se dará de baja ningún vehículo?

Respecto al incremento sobre el valor de los terrenos que se genera normalmente por las compraventas de fincas urbanas, resulta sorprendente el planteamiento: El año 2008 se va cerrar con unos ingresos de 1 millón de euros pero cuando nos presentan las ordenanzas se prevén unos ingresos de 950.000 euros; y ahora en los presupuestos se plantean unos ingresos de 800.000 euros. Quizás si lo preguntamos hoy, la previsión es de 500.000 euros…. ¿cómo se ha hecha la previsión’ ¿se puede calcular el nº de viviendas que se van a vender el año 2009?

El IAE también pasa de 2.100.000 euros a 2.150.000 ¿cómo se ha previsto el aumento de apertura de negocios o el no cierre de ningún empresario?

Las licencias de apertura de establecimientos (como impuesto indirecto) se reduce de 1.400.000 euros a 1.000.000 de euros. Esta reducción nos parece coherente, pero a nuestro juicio con poca fiabilidad a la vista del resto de partidas. En resumen, de unos impuestos de 14.170.000 euros del año 2008 pasamos a unos impuestos de 14.220.000 euros, y realmente nos sorprende, ya que teniendo en cuenta los aumentos y disminuciones y los criterios aplicados es como si el presupuesto se hiciera al revés. Primero se analizan los gastos y luego se cuadran las previsiones de ingresos para tratar de equilibrar las partidas; y si no cuadra, no hay problema, nos endeudamos en unos millones más de euros.

Fruto de dicho cuadre artificial, en otras partidas de ingresos llama la atención ciertas partidas:Por la venta de material reciclable, el año 2008 se presupuestó en 60 euros; este año en 250.000 euros

Alcantarillado de 425.000 a 390.000 euros

Utilización de polideportivos, pasan de 2.268.000 a 2.290.000 euros y nos preguntamos ¿qué estimación se ha hecho para pensar que se van a seguir utilizando estos servicios públicos en la misma medida?

Una partida de otros ingresos por valor de 185.000 euros ¿a qué corresponde?

Reintegros de salarios de ADSA por 50.000 euros? Entendemos que los Ingresos no se van a corresponder con la realidad y ojalá nos equivoquemos, pero creemos que los criterios no son adecuados y nos podemos encontrara con ciertas sorpresas a medida que avance al año 2009. Creemos, que ante un ejercicio tan incierto, el Gobierno Municipal debería por lo menos atender a una petición de este Grupo Municipal que consistiría en que el gobierno municipal presentara trimestralmente un informe de evolución de la ejecución del presupuesto y una explicación de las variaciones que se producen; aunque suponemos que debido a la escasa información que nos ofrecen rechazarán también esta propuesta.


3.- PROCEDIMIENTO DE LOS PRESUPUESTOS

En cuanto al procedimiento de estos Presupuestos y la forma de presentación, plazos y contenidos, entendemos también que no se está haciendo bien y si cabe bajo la legalidad necesaria. Respecto a la forma de presentar y entregar estos Presupuesto, al margen de presentar un CD con los archivos, no se entregan en formato para poder trabajar con ellos, tipo excel o similar. Este procedimiento que venimos pidiendo hace tiempo entendemos que es del todo posible y ahorraría mucho tiempo innecesario al trabajar sobre documentos que permiten sumar o restar. ¿Cuál es el motivo? ¿No facilitar la labor a los grupos políticos? b) Respecto a los contenidos que nos ofrecen

* Artículo 168. Procedimiento de elaboración y aprobación inicial.

1. El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y a él habrá de unirse la siguiente documentación:Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.

Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente. Salvo error del CD que nos han entregado no se contiene ninguna liquidación provisional del corriente ejercicio.

Anexo de personal de la entidad local. Este anexo venimos solicitándolo desde hace años. Un año nos dijeron ¿para qué lo necesitas? Y año tras año no lo ofrecen ni entregan dicho listado; siendo una obligación legal.

Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.

Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del presupuesto. Lo único que nos entregan es una Memoria que contiene unos parámetros económicos pero sin realmente contener todo lo legalmente necesario. Entendemos que dicho Informe no se entrega íntegramente. Artículo 166. Anexos al presupuesto general.Los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de cuatro años, podrán formular los municipios y demás entidades locales de ámbito supramunicipal.

Los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las sociedades mercantiles de cuyo capital social sea titular único o partícipe mayoritario la entidad local.

El estado de consolidación del presupuesto de la propia entidad con el de todos los presupuestos y estados de previsión de sus organismos autónomos y sociedades mercantiles. Del estado de consolidación, o no hemos sido capaces de verlo o no se nos ha entregado

El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda comprensiva del detalle de operaciones de crédito o de endeudamiento pendientes de reembolso al principio del ejercicio, de las nuevas operaciones previstas a realizar a lo largo del ejercicio y del volumen de endeudamiento al cierre del ejercicio económico, con distinción de operaciones a corto plazo, operaciones a largo plazo, de recurrencia al mercado de capitales y realizadas en divisas o similares, así como de las amortizaciones que se prevén realizar durante el mismo ejercicio. Al margen de que no se ha entregado nada de lo dicho, ni siquiera se menciona si el endeudamiento lo es para gasto o para inversiones, incumpliéndose nuevamente la legalidad 2. El plan de inversiones que deberá coordinarse, en su caso, con el programa de actuación y planes de etapas de planeamiento urbanístico, se completará con el programa financiero, que contendrá:La inversión prevista a realizar en cada uno de los cuatro ejercicios.

Los ingresos por subvenciones, contribuciones especiales, cargas de urbanización, recursos patrimoniales y otros ingresos de capital que se prevean obtener en dichos ejercicios, así como una proyección del resto de los ingresos previstos en el citado período.

Las operaciones de crédito que resulten necesarias para completar la financiación, con indicación de los costes que vayan a generar. Dicha operaciones no han sido reflejadas ni su coste 3. De los planes y programas de inversión y financiación se dará cuenta, en su caso, al Pleno de la Corporación coincidiendo con la aprobación del presupuesto, debiendo ser objeto de revisión anual, añadiendo un nuevo ejercicio a sus previsiones. Resulta claro que no tenemos dichos planes de financiación.


En materia del endeudamiento y los gastos financieros, la ley sigue en la SECCIÓN II. DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES todo lo regulado a dichas partidas sin que se haya recibido documentación alguna.


c) Por último respecto a los plazos de la aprobación, la Ley de Haciendas locales dice:

Artículo 169. Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor.

1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

2. La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.

3. El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletín oficial de la corporación, si lo tuviera, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial.

4. Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a la Administración del Estado y a la correspondiente comunidad autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al boletín oficial a que se refiere el apartado anterior.

5. El presupuesto entrará en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo.

6. Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en los artículos 177, 178 y 179 de esta Ley y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. La prórroga no afectará a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados. Ante dichos plazos y aprobando provisionalmente el pleno hoy, día 19 de diciembre ¿cómo lo va a hacer el gobierno Municipal para que no se prorroguen los anteriores? ¿os que también van a saltarse los plazos legales?

7. La copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.


También la ley de Hacienda Locales establece la forma de interponer reclamaciones a los presupuestos y de los efectos que ello comporta, y nuestro grupo estudiará dicha opción de reclamaciones, por todos los defectos detactados y en base a lo que dice la Ley: “Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en la Ley”


El grupo Municipal de PP vota en contra de los presupuestos del Ayuntamiento y vota a favor de los presupuestos de ADSA.